Español
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- Introducción al contrato de trabajo
- El significado de un contrato de trabajo
- Período de prueba
- Elementos del contrato
- Tipos de contratos de trabajo
- Finalización del contrato
- Plazo de preaviso
- Un contrato de trabajo es un acuerdo entre una persona empresaria y otra trabajadora en el que esta última ofrece sus servicios a la primera a cambio de un salario.
- Toda relación laboral entre una persona empresaria y una trabajadora debe estar documentada por un contrato. El contrato es lo que representa un acuerdo por el que el trabajador, a cambio de una remuneración, ofrece determinados servicios a la empresa bajo su control y dirección.
- El contrato de trabajo conlleva derechos y obligaciones tanto para el trabajador como para la empresa que deben ser respetados, independientemente de la empresa o el sector.
- Ambas partes deben firmar el documento voluntariamente.
- Requisitos en España:
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- Para el contrato se utiliza un modelo específico proporcionado por el Servicio de Empleo. En la parte superior izquierda del contrato figura el escudo del Gobierno español junto al texto «Ministerio de Empleo y Economía Social».
- En la esquina superior derecha, junto a la bandera europea, se leen las frases «Servicio público de empleo estatal» y «Fondo social europeo, el ESF invierte en tu futuro».
- Tener un contrato de trabajo significa:
- tener todos los derechos, responsabilidades, deberes y condiciones de trabajo que conforman la relación legal entre la persona empresaria y la persona empleada.
- En general, todos los tipos de contratos de trabajo pueden incluir cláusulas que son legalmente vinculantes.
- Por ejemplo: la obligación de la persona empresaria de pagar el salario de la persona empleada o la obligación de ésta última de no llegar tarde al trabajo.
- Tras la firma del contrato, la empresa está obligada a conservar los datos contenidos en el documento, que están protegidos por la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos de carácter personal. Asimismo, la empresa debe presentar el contrato en un plazo inferior a 10 días naturales al Servicio Público de Empleo y dar de alta a la persona trabajadora en el Régimen General de la Seguridad Social.
Los primeros meses de una relación laboral, si se especifica en el contrato de trabajo, están regulados por un periodo de prueba de un máximo de 6 meses entre la empresa y el trabajador. La duración de este periodo está fijada por la ley y determinada por el convenio colectivo. La finalidad de este periodo es comprobar si la capacidad y las habilidades de la persona trabajadora son suficientes y conocer las funciones y el entorno.
Un contrato incluye los siguientes datos:
- Datos de la empresa
Nombre y cargo de quien ofrece el trabajo
- Datos de la cuenta de cotización
Número de afiliación a la Seguridad Social de la empresa y de la persona que va a trabajar
- Datos del centro de trabajo
Ubicación del centro de trabajo
- Datos de la persona empleada
Toda la información relevante sobre la persona que va a trabajar en la empresa
- Asistencia legal
En caso de necesitar representación legal, el nombre y el DNI del tutor o persona responsable, que debe firmar el documento, adquiriendo sus responsabilidades.
- Declaración de las cláusulas
- Tipo de función laboral (Primera sección)
- Horario de trabajo (Segunda sección)
- Inicio, duración y periodo de prueba del contrato (tercera sección)
- Salario (cuarta sección)
- Duración de las vacaciones (quinta sección)
- Plazo de preaviso (sección sexta)
- Referencia a los convenios colectivos aplicables o a los acuerdos de empresa o de servicio (séptima sección)
Hay cuatro tipos de contratos:
- Permanente
- Empleo de duración sin definir.
- Temporal
- Contrato de duración determinada con fecha de finalización.
- Formación y aprendizaje
- El contrato se utiliza para registrar el periodo de formación o aprendizaje con el objetivo de adquirir cualificaciones o competencias en la empresa.
- Prácticas
- El documento que se firma para trabajar como becario/-a no es exactamente un contrato, sino un acuerdo, y la persona becaria no es considerada como trabajadora por la Administración Pública.
- La relación laboral finaliza cuando se rescinde el contrato de trabajo. Esto puede ocurrir si la empresa decide unilateralmente anular el contrato con motivos. En este caso, la persona trabajadora es despedida.
- Otra posibilidad es la terminación del contrato de trabajo por su vencimiento tras una duración determinada, lo que significa el cese de las obligaciones y los derechos acordados.
- Durante el periodo de prueba, tanto la empresa como la persona trabajadora pueden poner fin a la relación laboral sin previo aviso y sin indicar los motivos.
- En caso de que la empresa ponga fin a un contrato de duración indefinida, la persona trabajadora tendrá derecho a una indemnización por despido. Esa indemnización será equivalente a la parte proporcional del importe que resultaría del pago de 12 días de salario por cada año de servicio, o a la cantidad que se especifique en las normas específicas del convenio colectivo.
Cuando la empresa o la persona trabajadora ponen fin a un contrato de trabajo, debe respetarse el plazo de preaviso legal estipulado en el contrato con un mínimo de 15 días. El plazo de preaviso depende del respectivo convenio colectivo.
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- Asistencia sanitaria en España
- Catálogo de beneficios del sistema de sanidad
- Seguro médico para migrantes
- Prestación por desempleo
- Asistencia social/financiera y sus requisitos
- Prestaciones por enfermedad
- En España, la sanidad es pública y no es universal, además depende de las comunidades autónomas. Desde el año 2012, solo tienen derecho a ella las personas aseguradas o beneficiarias.
Aseguradas:
- Ser una persona trabajadora por cuenta ajena (empleada) o por cuenta propia (autónoma), afiliada a la Seguridad Social.
- Ser pensionista del sistema de la Seguridad Social.
- Recibir cualquier otra prestación o ayuda económica periódica de la Seguridad Social (incluida la ayuda por desempleo).
- Haber agotado la ayuda por desempleo u otras similares, estar en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España.
- Menores sujetos a tutela administrativa.
Beneficiarias:
- Cónyuges de la persona asegurada o que convivan con ella en situación de pareja de hecho.
- Excónyuges o que estén separados judicialmente, recibiendo una pensión compensatoria por parte de ésta.
- Descendientes de la persona asegurada o de su cónyuge menores de 26 años o, en caso de ser mayor de dicha edad, que tenga una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%.
- Los menores sujetos a la tutela o al acogimiento legal de una persona asegurada o de su cónyuge.
- Hermanas/os de la persona asegurada.
Existen excepciones para:
- Extranjeros de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza que sean residentes en España (siempre que sus ingresos no superen los 100.000 euros anuales).
- Solicitantes de asilo políticos con residencia autorizada en territorio español.
- Víctimas de tráfico de personas durante el periodo de restablecimiento y reflexión.
- Personas que requieran atención sanitaria urgente por enfermedad grave o accidente, atención al embarazo, parto y posparto.
- Menores de 18 años.
La persona asegurada o beneficiaria tiene derecho a recibir las prestaciones sanitarias del Sistema sanitario, que en España incluye:
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- Asistencia médica: En los centros de salud y hospitales, públicos o privados, y en la atención domiciliaria.
- Urgencias: Si necesita atención urgente, puede ser atendida en cualquier centro médico y recibir hospitalización si es necesario. Si necesita un servicio de ambulancia, también estará cubierto por el sistema español.
- Rehabilitación: Si necesita rehabilitación por prescripción médica, el sistema nacional cubrirá el coste.
- Medicamentos: Los gastos se cubren dependiendo de la situación de la persona asegurada. Por regla general, hay que pagar entre el 10 y el 60% del precio final, dependiendo de sus ingresos y de la comunidad autónoma.
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- Transporte sanitario
- Migrantes temporales que vienen de otro país europeo:
- Con la Tarjeta Sanitaria Europea, cualquier persona de otro país de la UE tiene acceso a la asistencia sanitaria estatal durante una estancia temporal en otro país europeo.
- Desde 2018, según el RDL 7/2018 Art. 3.1, las personas extranjeras no registradas ni admitidas como residentes en España tienen derecho a la protección y la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española.
- Con la nueva normativa, el derecho a la asistencia sanitaria pública se desvincula de la cotización a la Seguridad Social. Esto significa que no es necesario ser titular de una tarjeta sanitaria española ni estar empadronado en un lugar determinado para beneficiarse de este servicio.
- Migrantes temporales que vienen desde fuera de Europa.
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- Cuando los inmigrantes no están asegurados en ningún país de la Unión Europea y deciden trasladarse a España, es obligatorio tener un seguro médico de viaje durante 90 días, ya que se considera que está en situación de «estancia temporal».
- Si tiene previsto permanecer más de 90 días en España, debe tener en cuenta los siguientes aspectos.
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- Las personas extranjeras, independientemente de su situación, pueden ser atendidas por el Sistema Nacional de Salud, pero sin recuperar el derecho a la tarjeta sanitaria.
- Para poder solicitar la tarjeta sanitaria, se deben cumplir los siguientes requisitos
- Ser mayor de edad en el momento de la solicitud.
- No estar recibiendo ninguna otra prestación.
- Acreditar una residencia en España superior a 90 días (este es el principal aspecto que varía de una comunidad autónoma a otra).
- No alcanzar los 100.000 euros de ingresos.
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- Si se cumplen estos criterios, obtendrá un documento que hace las veces de tarjeta sanitaria, que sólo es útil en la comunidad autónoma en la que esté inscrito y tiene una validez de un año. Su solicitud se realiza con la ayuda de trabajadores sociales en los centros de salud.
- Además, siempre será necesario cumplir los requisitos establecidos por cada comunidad autónoma. Cada una de ellas aplica la ley de forma diferente, lo que provoca importantes diferencias entre ellas.
- Se trata de una ayuda contributiva que se concede a las personas en situación de desempleo, pero con compromiso de trabajar y que han cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a quedar en paro.
- Tendrá derecho a esta prestación si:
- está afiliado y registrado en un sistema de seguridad social.
- está en situación legal de desempleo, inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo, buscando activamente un empleo y dispuesto a aceptar un empleo adecuado.
- ha cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores a su situación de desempleo o antes de que finalice su obligación de cotizar.
- tiene más de 16 años y si no ha alcanzado la edad de jubilación.
- Si está en situación de desempleo total, tiene derecho al subsidio de desempleo:
- En los primeros 180 días - el 70% de la base reguladora
- A partir del día 181 - el 50% de la base reguladora
- La cuantía de la prestación no podrá ser en ningún caso superior o inferior a determinados límites establecidos, en función del número de familiares que el desempleado tenga a su cargo.
- Aquí encontrará más información:
https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1129&langId=es&intPageId=4800
- Si está en paro, pero no ha cotizado lo suficiente a la Seguridad Social o se encuentra en determinadas situaciones, puede optar a alguna de las prestaciones por desempleo no contributivas que existen en España:
- Prestación por desempleo de nivel asistencial: puede solicitarla si no tiene derecho a la prestación contributiva por desempleo porque no ha cotizado en el Sistema de la Seguridad Social o porque ha agotado la prestación contributiva a la que tenía derecho, pero sigue en paro.
- Renta Activa de Inserción: puedes solicitarla si es desempleado de larga duración de entre 45 y 65 años. También pueden solicitarla los trabajadores inmigrantes mayores de 45 años que hayan regresado del extranjero, las personas con discapacidad y las víctimas de violencia de género.
- Programas estatales en lugar de ayudas económicas para que los jóvenes menores de 30 años que nunca han trabajado y no cumplen los requisitos mínimos de cotización puedan acceder al mercado laboral.
- Recursos mínimos: Si no tiene ingresos suficientes para vivir y no ha cotizado previamente, o no lo suficiente, el sistema de protección social español le ofrece una serie de prestaciones no contributivas (ayudas a la vivienda, prestaciones de servicios sociales, pensión no contributiva de invalidez, prestaciones para familias con dificultades económicas)
- Más información: www.imserso.es
- En España, si cae enfermo y debe dejar de trabajar temporalmente, tiene derecho a solicitar una prestación por incapacidad temporal. Este ayuda cubre la pérdida de ingresos diarios que deja de recibir mientras no trabaja, así como la asistencia sanitaria.
- Puede solicitar el subsidio por cualquier enfermedad común o accidente no laboral siempre que hayan pasado tres días desde el inicio de la enfermedad o desde que se produjo el accidente. Podrá recibir la ayuda durante un máximo de 365 días, que podrá prorrogarse por otros 180 días si se prevé la curación durante ese periodo.
- Para recibir el subsidio, es necesario darse de alta en cualquier régimen de la seguridad social y haber cotizado un total de 180 días en los últimos 5 años.
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- Impuestos relacionados con el empleo
- Salario mínimo
- La nómina
- La responsabilidad fiscal en España se basa en el principio de residencia ordinaria. Por regla general, se pagan impuestos en el país donde se reside durante 183 días al año.
- Todos los trabajadores deben pagar impuestos por estos ingresos. El principal impuesto que se aplica a los asalariados es:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
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- El IRPF grava las rentas obtenidas durante un año y el porcentaje aumenta a medida que suben nuestros ingresos. El porcentaje varía según la comunidad autónoma en torno al 19% para las rentas más bajas, y hasta el 48% para las más altas.
- El tipo impositivo para los no residentes, que viven en el país menos de 183 días al año y obtienen ingresos en España, es del 19% para los ciudadanos de la UE y del 24% para los de cualquier otro país.
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- El salario mínimo se acuerda anualmente entre los líderes de los sindicatos, los representantes de los sindicatos de la industria y el gobierno nacional, y tiene como objetivo proteger a los trabajadores de los bajos salarios injustos.
- Para el año 2021, el salario mínimo se ha fijado en 950 euros al mes y 31,66 euros al día, lo que supone una prórroga del SMI de 2020 hasta nuevo aviso.
- Por tanto, el salario bruto no debe ser inferior a 13.300 euros anuales si se trabaja a tiempo completo. El salario que se debe percibir hay que buscarlo siempre en el convenio colectivo de referencia para el grupo profesional que se trate.
- Si la jornada laboral es inferior a 40 horas, el salario bruto se calcularía en proporción a las horas trabajadas.
La nómina es un documento obligatorio que la empresa emite a cada persona trabajadora y en el que aparecen una serie de datos sobre los distintos impuestos económicos.
Generalmente, existen dos tipos de deducciones que paga la persona trabajadora:
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- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
- Los impuestos sobre la renta son una fuente para el gobierno para financiar los servicios públicos, pagar las obligaciones gubernamentales y proporcionar bienes a los ciudadanos.
- La empresa calcula las retenciones del IRPF teniendo en cuenta tres elementos:
- La situación personal del empleado en la nómina: Las condiciones del empleado (situación familiar, personas a cargo, grado de discapacidad, etc.).
- Percepciones salariales y retenciones en nómina: Los devengos salariales estimados dentro de los ingresos brutos del trabajo, que equivalen básicamente a su salario.
- Retenciones del IRPF sobre el salario: Los tramos de IRPF de ese ejercicio fiscal determinados por la Agencia Tributaria.
- Impuesto sobre las nóminas:
- Se trata de las cotizaciones a la seguridad social y a la sanidad. Tanto la empresa como la persona empleada contribuirán a ella. A diferencia del impuesto sobre la IRPF, las cotizaciones sociales no tienen en cuenta las circunstancias personales del trabajador y se paga siempre el mismo porcentaje.
- El cálculo de la cantidad que paga la persona trabajadora a la Seguridad Social se realiza de la siguiente manera y varía según el tipo de contrato, el régimen de la Seguridad Social y la categoría profesional:
- Por contingencias comunes: El 4,7% de los devengos salariales menos las horas extraordinarias. Está destinado a cubrir la incapacidad laboral por enfermedad común, jubilación, bajas por maternidad y paternidad, accidentes de trabajo o asistencia sanitaria.
- Para el caso de desempleo: 1,55% con contrato general, 1,60% con contrato de duración determinada a tiempo completo, 1,60% con contrato de duración determinada a tiempo parcial.
- Para la formación profesional: el 0,1 % de la base de cotización y es utilizado por la empresa para su formación.
- Por horas extraordinarias por fuerza mayor: 2% de la base de cotización.
- Por otras horas extraordinarias: 4,70% de la base de cotización.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
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- Los sindicatos
- El papel de los sindicatos en el mercado laboral
- Servicio a los afiliados
- Negociación y convenios colectivos
- Los sindicatos en España
- Representación unitaria
- Otras organizaciones importantes de apoyo a los trabajadores inmigrantes
- Un sindicato es una institución creada para que una serie de trabajadores, especialmente designados para ello, defienda a sus compañeros ante posibles abusos que pudiera llevar a cabo la empresa en la que trabajan.
- Los sindicatos son asociaciones democráticas que puede generarse libremente tanto en el sector público como en el privado.
- Una de sus principales actividades es negociar, en nombre de sus trabajadores afiliados, temas de interés común como salarios, vacaciones, condiciones de trabajo, licencias, etc.
- Los miembros del sindicato deben comprometerse a pagar las cuotas sindicales, asistir a las reuniones y unirse a las acciones (por ejemplo, huelgas) que se acuerden dentro de la organización.
- En España, los sindicatos más representativos son CCOO (Comisiones Obreras) y UGT (Unión General de Trabajadores).
- Los sindicatos son muy útiles para informar a los trabajadores sobre sus derechos y, especialmente en algunos casos, pueden ayudar a los trabajadores migrantes a la lucha contra la discriminación de los inmigrantes y, por tanto, la defensa de sus intereses y sus derechos sociales y laborales.
- Además, los sindicatos tienen las siguientes funciones:
- Negociación colectiva.
- Participar en el acuerdo de condiciones de trabajo en las administraciones públicas.
- Participar en los sistemas no jurisdiccionales de resolución de conflictos laborales.
- Promover las elecciones de representantes de los trabajadores.
- Participar en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo, con las administraciones públicas competentes.
- CCOO (https://www.ccoo-servicios.es/) ofrece sus servicios de información, asistencia y formación tanto a personas afiliadas como a no afiliadas.
- En él podemos encontrar información sobre:
- Convenios colectivos por sectores y territorios.
- Textos legales laborales
- Formación y orientación para estudiantes / desempleados y trabajadores.
- Consultas laborales. Temas como salud laboral, mujer e igualdad, condiciones de trabajo.
- Contacto con las sedes y afiliación.
- La UGT cuenta con un servicio de asesoría laboral junto con ELPLURAL.COM, donde dan respuesta a las dudas que puedan tener los trabajadores sobre el mercado laboral, tanto en su acceso, como sobre sus condiciones de trabajo, despidos, derechos, etc.
- Pueden enviarse consultas a través de la dirección de correo asesorialaboral@cec.ugt.org desde donde cada 72 horas se irán atendiendo y publicando (en https://www.elplural.com/economia/asesoria-laboral-ugt ).
Los sindicatos eligen a representantes que negocian con los empresarios de la organización en la que trabajan sobre cuestiones que preocupan a los trabajadores. Este tipo de negociación se denomina «negociación colectiva» y suele centrarse en alcanzar un acuerdo sobre las condiciones de trabajo, como los salarios, los horarios o las vacaciones, que se ofrecen a los trabajadores durante un periodo determinado.
Los principales sindicatos nacionales en España por número de afiliados son:
- CCOO – Comisiones Obreras - https://www.ccoo.es/
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- Fundado en 1976 con 934.809 afiliados, está especialmente comprometida con la promoción y el desarrollo de la igualdad de oportunidades y la lucha contra la discriminación de género.
- Aquí puede encontrar toda la información relativa a la afiliación sindical: https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm
- UGT – Unión General de Trabajadores - https://www.ugt.es/
- Fundada en 1888 con sus 941.485 afiliados, UGT se compromete a exigir un cambio en la sociedad basado en la justicia social, la solidaridad y la igualdad de derechos como principios.
- Aquí puede encontrar toda la información relativa a la afiliación sindical: https://www.ugt.es/afiliacion-0
- Además de la representación sindical, en España existe la llamada representación unitaria, que consiste en representantes elegidos por las personas trabajadoras de una empresa.
- La participación de los trabajadores en la empresa es un derecho constitucional recogido en el artículo 129.2 de la Constitución Española. A partir de 11 trabajadores en la empresa, la representación es obligatoria.
- Las tareas y funciones de la representación unitaria son la negociación del convenio colectivo y de empresa, el seguimiento y control del cumplimiento, la convocatoria de reuniones, el apoyo jurídico.
- Ningún representante puede ser despedido o sancionado por ejercer sus funciones de representación.
Centros de Información a Trabajadores Extranjeros (CITE)
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- CITE es un centro de información para trabajadores extranjeros, promovido por el sindicato CCOO, que asesora sobre la movilidad internacional y los derechos sociales y laborales de los inmigrantes. La red de oficinas del CITE ofrece, de forma gratuita:
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- Asesoramiento y orientación sobre el derecho de la inmigración.
- Tramitación de permisos de trabajo, permisos de residencia, reagrupación familiar.
- Información sobre el procedimiento de acceso a la nacionalidad.
- Información sobre el primer empleo y conocimiento del medio.
- Asesoramiento sobre la movilidad internacional de los trabajadores, formación y sensibilización en materia de migración.
- Cuestiones de vivienda y salud.
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- Puede encontrar centros de información en su zona en:
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- Seguridad en el trabajo
- Principios básicos de la seguridad en el trabajo
- Condiciones laborales
- Desarrollo profesional del empleado
- Organizaciones para el control de las condiciones de trabajo
- La seguridad en el trabajo es un derecho y un deber tanto de las personas trabajadoras como de las empresas y debe estar siempre presente independientemente del sector, empresa o puesto laboral.
- Es una disciplina de prevención de riesgos laborales cuyo objetivo es la creación y aplicación de medidas y procedimientos para eliminar o reducir el riesgo de accidentes derivados del trabajo.
- Cada empresa es un lugar de trabajo que debe cumplir con las normas y tener las condiciones óptimas para que las personas empleadas puedan realizar sus actividades laborales de la mejor manera y con la mayor seguridad posible.
- En España, la seguridad en el trabajo se controla según las medidas de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- Aquí puede encontrar información sobre las fuentes oficiales en España:
https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-24292-consolidado.pdf
Cada persona trabajadora debe conocer los siguientes derechos y responsabilidades sobre la seguridad laboral:
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- Conocimiento de los procedimientos de seguridad necesarios en la empresa, información sobre los cambios en la normativa del país y la participación en su propia seguridad.
- Las empresas deben proporcionar a sus empleados/-as instrucción y formación sobre el lugar de trabajo y sus riesgos laborales.
- Cada empresa debe contar con personal y formadores especializados en prevención de riesgos laborales para que las personas empleadas tengan los conocimientos adecuados para realizar su trabajo de forma segura y eficaz.
- Conocimiento sobre los tipos de riesgos en el lugar de trabajo y el procedimiento correcto para informar y comunicar posibles riesgos o accidentes.
- Si es necesario, es obligación del empresario proporcionar a los trabajadores el equipo y las herramientas adecuadas -Equipos de Protección Individual (EPI)- y obligación de los trabajadores de reclamarlos y utilizarlos correctamente.
- En España, el Estatuto de Trabajadores estipula las siguientes condiciones:
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- Máximo número de horas de trabajo por semana: 40.
- Máximo número de horas de trabajo continuas: 9.
- Descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada.
- Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de 6 horas, se debe establecer un periodo de descanso no inferior a 15 minutos.
- Jornada nocturna: entre las 10 horas de la noche y las 6 horas de la mañana. No puede exceder de 8 horas diarias de promedio en un periodo de referencia de 15 días (además, no pueden realizar horas extraordinarias).
- Días de vacaciones: 30 días naturales o 22 hábiles
- Estas son las condiciones generales que se aplican a cualquier trabajador, salvo que, por convenio o, en su defecto, por acuerdo de empresa, se establezca otra distribución de estas condiciones.
- Aquí puede encontrar más información sobre las fuentes oficiales en España:
- El permiso individual de formación (PIF)
- Es un permiso educativo retribuido que la empresa concede a un trabajador para que haga uso de hasta un máximo de 200 horas de trabajo por curso académico o año natural, para realizar una acción formativa reconocida por acreditación oficial y sin pérdida de salario. Los cursos no tienen que estar necesariamente relacionados con la actividad profesional de la empresa. Se entienden como cursos de formación para mejorar las competencias del trabajador.
- Para más información:
https://www.ccoo-servicios.es/formacion/html/43113.html
- Permiso de formación
- Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. Las particularidades del permiso a disfrutar se establecerán en el convenio colectivo, o en su defecto de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empresario.
- Para más información:
https://www.mites.gob.es/es/Guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_14_4.htm
Si su empresa no respeta sus condiciones de trabajo y sus derechos como trabajador, puede dirigirse a las siguientes organizaciones:
- Los sindicatos
- Generalmente, los sindicatos difunden esta información a los trabajadores y actúan en situaciones de indefensión de los trabajadores en el contexto nacional.
- Aquí encontrará los datos de contacto de dos de los mayores sindicatos de España:
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social
- Puedes presentar una denuncia ante la inspección de trabajo en caso de incumplimiento de las condiciones de trabajo y seguridad. El empresario debe ser informado del incidente, pero la inspección mantendrá en secreto la identidad del trabajador que ha presentado la denuncia. Si hay indicaciones claras, un inspector se presentará al lugar de trabajo sin previo aviso para verificar si todo está correcto.
- Aquí encontrará más información:
https://www.mites.gob.es/itss/web/Utilidades/FAQs/index.html
- Acciones legales
- Puedes denunciar presentando una demanda en los tribunales. Aquí es necesario identificar al propio trabajador (no es un método anónimo). Para llevarlo a cabo conviene contar con asistencia jurídica y social, abogados profesionales, etc.
- Asociación Marroquí para la Integración de los Inmigrantes
- Teresa Celestino
Asociación Marroquí para la Integración de los Inmigrantes
Entidad sin ánimo de lucro que tiene como misión trabajar por la construcción de sociedades igualitarias donde todas las personas, sin importar su procedencia, creencias o sexo, puedan acceder a las mismas oportunidades para ejercer sus derechos fundamentales. Por ello lucha para la erradicación de toda forma de exclusión social e injusticias vinculadas al hecho migratorio, desarrollando acciones entre otras, de asesoramiento jurídico, acogida y acompañamiento, servicios sociales, orientación socio-laboral, formación para el empleo e inclusión en el mercado laboral de la población inmigrante y/o en riesgo de exclusión y/o que padece situaciones de alta vulnerabilidad.
Teresa Celestino
Mexicana de 35 años viviendo en España por más de 8 años.
Primero vine a España como estudiante de Intercambio en la Universidad de Salamanca, después de eso decidí continuar mis estudios de posgrado en España.
Soy candidata a doctor en Data Science, tengo una Maestría en Ciencias en análisis de datos multivariantes y una Licenciatura en mercadotecnia. Trabajo como jefa de proyectos de investigación de mercados y análisis estadístico en una consultoría ubicada en Valladolid.
Además del trabajo, soy voluntaria en proyectos que promueven a la mujer en la ciencia como por ejemplo, Inspiring Girls o STEM Talent Girl, ambos centrados en impulsar y expandir el conocimiento y habilidades en niñas, mediante actividades y charlas enfocadas en las ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas.
Contact: ctessy@gmail.com